No estar localizado fuera del horario de trabajo es un derecho laboral

No estar localizado fuera del horario de trabajo es un derecho laboral

5 agosto, 2018 0 Por Esteban Valente

Desde la llegada de las nuevas tecnologías la línea que separaba la vida personal y laboral se han difuminado. Grupos de wasap, poder ver el correo desde el móvil, el teléfono móvil en sí mismo, no ha hecho esclavos de la disponibilidad. El derecho laboral en Málaga está presionando para que exista un marco legal específico que regule esta circunstancia que a muchos tienen crispado.

Ya que en los últimos años se está sobrepasando El Artículo 20 del Estatuto del Trabajador que dice bajo el título: Dirección y Control de la actividad laboral.

  1. El trabajador estará obligado a realizar el trabajo convenido bajo la dirección del empresario o persona en quien este delegue.
  2. En el cumplimiento de la obligación de trabajar asumida en el contrato, el trabajador debe al empresario la diligencia y la colaboración en el trabajo que marquen las disposiciones legales, los convenios colectivos y las órdenes o instrucciones adoptadas por aquel en el ejercicio regular de sus facultades de dirección y, en su defecto, por los usos y costumbres. En cualquier caso, el trabajador y el empresario se someterán en sus prestaciones recíprocas a las exigencias de la buena fe.
  3. El empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad y teniendo en cuenta, en su caso, la capacidad real de los trabajadores con discapacidad.
  4. El empresario podrá verificar el estado de salud del trabajador que sea alegado por este para justificar sus faltas de asistencia al trabajo, mediante reconocimiento a cargo de personal médico. La negativa del trabajador a dichos reconocimientos podrá determinar la suspensión de los derechos económicos que pudieran existir a cargo del empresario por dichas situaciones.

Este año, ya hay empresas que han introducido este derecho laboral en sus convenios y contratos como es el caso de Santander e Ikea. Donde no obligan a responder, o contestar al empleado fuera de su horario laboral, a expensa de fuerza mayor.

Aunque ahora nos tocará definir cuáles son los límites de fuerza mayor, pero poco a poco se avanza en este derecho laboral para el trabajador.