El calendario fiscal 2026 es la herramienta oficial que marca todas las fechas límite para presentar tus impuestos y cumplir con tus obligaciones tributarias ante la Agencia Tributaria. La AEAT ha publicado el calendario del contribuyente para 2026, estableciendo los plazos exactos para la presentación de modelos como el IVA, IRPF y el Impuesto de Sociedades. Conocer estas fechas te permite planificar con antelación y evitar sanciones por presentaciones fuera de plazo.

Organizar tu año fiscal desde el principio te ahorra problemas y te da control sobre la gestión de tu actividad económica. Tanto si eres autónomo como si gestionas una PYME, este calendario marca tu hoja de ruta tributaria para los próximos doce meses.
Este artículo te presenta las fechas más relevantes del año, las obligaciones específicas según tu perfil como contribuyente y los cambios que debes tener en cuenta para 2026. Con esta información podrás mantener tus obligaciones fiscales al día y enfocarte en hacer crecer tu negocio.
Fechas clave del calendario fiscal 2026

El calendario fiscal 2026 establece plazos específicos para cada tipo de declaración y obligación tributaria. Los contribuyentes deben conocer las fechas de presentación de IRPF, IVA, Impuesto de Sociedades y otras obligaciones mensuales para evitar sanciones.
Plazos para la presentación de declaraciones
La declaración de la Renta 2025 (ejercicio fiscal anterior) se presenta entre abril y junio de 2026. El plazo habitual comienza el 2 de abril y finaliza el 30 de junio para presentaciones telemáticas.
Si optas por la presentación con resultado a ingresar mediante domiciliación bancaria, el plazo se adelanta y termina alrededor del 25 de junio. Las declaraciones con resultado a devolver no tienen esta restricción temporal.
El Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio 2025 se presenta generalmente en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio fiscal. Para empresas con cierre en diciembre, esto significa un plazo que vence el 25 de julio de 2026.
Vencimientos de impuestos principales
El IVA trimestral tiene cuatro vencimientos anuales mediante el Modelo 303. Las fechas son: del 1 al 20 de abril (primer trimestre), del 1 al 20 de julio (segundo trimestre), del 1 al 20 de octubre (tercer trimestre), y del 1 al 30 de enero de 2027 (cuarto trimestre).
Los autónomos deben presentar el Modelo 130 de pagos fraccionados del IRPF en las mismas fechas que el IVA trimestral. Este modelo aplica para quienes no realizan retenciones en sus actividades profesionales.
El resumen anual del IVA (Modelo 390) se presenta entre el 1 y el 30 de enero de 2027, coincidiendo con el último trimestre del IVA del ejercicio 2026.
Obligaciones mensuales y anuales
Las empresas con facturación superior a 6 millones de euros deben presentar el IVA mensualmente mediante el Modelo 303. El plazo es del 1 al 20 de cada mes para el período anterior.
El Modelo 111 de retenciones del trabajo se presenta mensualmente entre el 1 y el 20 del mes siguiente. Los autónomos sin empleados quedan exentos de esta obligación.
Las obligaciones anuales incluyen el Modelo 180 (resumen de retenciones de alquileres), el Modelo 190 (resumen anual de retenciones del trabajo) y el Modelo 347 (operaciones con terceros superiores a 3.005,06 euros). Estos modelos se presentan durante el mes de enero siguiente al ejercicio fiscal, con plazo hasta el 31 de enero o el 28 de febrero según el tipo de declaración.
Obligaciones fiscales según el tipo de contribuyente

Las obligaciones tributarias en 2026 varían significativamente dependiendo de la categoría del contribuyente. Cada régimen fiscal establece requisitos específicos de declaración, periodicidad y modelos a presentar ante la Agencia Tributaria.
Personas físicas
Como persona física, debes presentar la declaración anual del IRPF correspondiente al ejercicio 2025 entre abril y junio de 2026. Este modelo 100 constituye tu obligación fiscal más relevante del año.
Las retenciones trimestrales del IRPF también forman parte de tus responsabilidades si ejerces actividades económicas. Debes presentar el modelo 130 en los primeros 20 días naturales de abril, julio, octubre y enero.
Si eres autónomo, estás obligado a liquidar el IVA trimestralmente mediante el modelo 303. Los plazos coinciden con los del modelo 130. Adicionalmente, presentarás el resumen anual del IVA con el modelo 390 antes del 30 de enero de 2027.
Obligaciones adicionales:
- Modelo 115: Retenciones por alquileres de inmuebles urbanos
- Modelo 111: Retenciones sobre rendimientos del trabajo
- Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (si aplica)
Personas morales
Tu empresa debe cumplir con el Impuesto de Sociedades presentando el modelo 200 dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio fiscal. Para sociedades con cierre en diciembre 2025, el plazo vence el 25 de julio de 2026.
Las declaraciones trimestrales del IVA mediante el modelo 303 representan una obligación continua. Debes liquidar el impuesto en los primeros 20 días de abril, julio, octubre y enero.
Los pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades se realizan mediante el modelo 202. Presentarás esta declaración en los mismos períodos que el IVA trimestral, calculando el importe según la facturación o el resultado contable.
Otras declaraciones obligatorias:
- Modelo 347: Declaración anual de operaciones con terceros (superior a 3.005,06€)
- Modelo 720: Declaración de bienes en el extranjero (si aplica)
- Modelo 190: Resumen anual de retenciones del trabajo
- Modelo 180: Resumen anual de retenciones por alquileres
Régimen de pequeños contribuyentes
Este régimen simplificado reduce tus cargas administrativas mediante un sistema de estimación directa simplificada o estimación objetiva. Debes evaluar anualmente si cumples los requisitos de facturación para mantener este estatus.
La estimación objetiva (módulos) te permite calcular tus obligaciones fiscales según parámetros predeterminados por la Agencia Tributaria. Presentarás el modelo 131 trimestralmente para el IRPF, con los mismos plazos que el régimen general.
Tu declaración del IVA puede acogerse al régimen especial simplificado si cumples los límites establecidos. Esto te permite liquidar el impuesto mediante módulos en lugar de calcular las cuotas reales de cada operación.
Debes comunicar tu renuncia o exclusión del régimen de módulos antes del 31 de diciembre del año anterior. Para 2026, esta fecha ya venció, por lo que cualquier cambio será efectivo en 2027.
Cambios importantes en el calendario fiscal 2026
El calendario fiscal 2026 incorpora modificaciones normativas que afectan directamente a autónomos y empresas, con especial énfasis en nuevos modelos de declaración y ajustes procedimentales que requieren tu atención inmediata.
Nuevas disposiciones legales
La Agencia Tributaria ha introducido cuatro nuevos modelos de declaración que debes conocer para cumplir con tus obligaciones fiscales en 2026. Los modelos 170, 174, 181 y 196 se suman al repertorio existente de formularios tributarios.
Estos modelos representan una ampliación de los requerimientos informativos que la administración solicita a contribuyentes específicos. El Modelo 170 está diseñado para determinadas retenciones, mientras que los modelos 174, 181 y 196 atienden necesidades informativas adicionales según tu actividad económica.
Si eres autónomo o gestionas una empresa, necesitas verificar cuáles de estos nuevos modelos aplican a tu situación particular. La implementación de estos formularios busca mejorar el control tributario y aumentar la transparencia en las declaraciones fiscales.
Ajustes en procedimientos de declaración
Los procedimientos de presentación de declaraciones han experimentado modificaciones técnicas que simplifican ciertos trámites. La Agencia Tributaria ha actualizado sus sistemas para facilitar la generación de documentos, aunque debes considerar que algunos procesos pueden requerir varios minutos según el volumen de información.
Las fechas clave mantienen su estructura general, pero existen ajustes específicos en los plazos de presentación de IVA, IRPF e Impuesto sobre Sociedades. Debes prestar especial atención a las nuevas obligaciones que afectan a desempleados en determinadas circunstancias.
Tu planificación fiscal requiere considerar estos cambios procedimentales para evitar sanciones. Los plazos de presentación siguen un calendario mensual que detalla cada obligación tributaria según tu perfil como contribuyente.
